

La Corte Constitucional de Colombia decretó que las mascotas no podrán ser embargadas en procesos judiciales.
En una decisión que marcará un antes y un después en la historia de los derechos animales, la Corte Constitucional de Colombia decretó que las mascotas no podrán ser embargadas en procesos judiciales. Así, los animales de compañía se suman al selecto grupo de bienes protegidos por ley, como las condecoraciones y los uniformes militares. ¡Ni las deudas más grandes podrán poner en riesgo a tu perro o gato!
La resolución de la Corte responde a una demanda que pedía, nada menos, que reconocer a las mascotas como seres sintientes, argumentando que permitir su embargo es una violación directa a los derechos de sus dueños. ¿El argumento clave? Que las mascotas forman parte del “libre desarrollo de la personalidad” y, por ende, son esenciales para la dignidad humana y la intimidad de las personas. En otras palabras, embargar un perro sería tan cruel como quitarle la casa a alguien.
Con esta decisión, el alto tribunal lanza un mensaje claro: los animales no son objetos. El hecho de que hasta hoy pudieran ser tratados como meros bienes embargables revela lo rezagado que estaba el sistema legal frente al creciente reconocimiento de los derechos animales. La Corte, al incluir a las mascotas en la lista de bienes inembargables, reconoce su lugar como miembros fundamentales en las familias colombianas.
Lo que está por verse es cómo reacciona el Congreso y si esta decisión empuja a una reforma más amplia en favor de la protección de los derechos de los animales. Por ahora, lo que está claro es que ningún perro o gato terminará como moneda de cambio en una deuda financiera.
La pregunta inevitable: ¿es esta la puerta de entrada para reconocer más derechos a los animales en el futuro?
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